Política del servicio

Los costes del procedimiento se encuentran regulados en el artículo 32 del Reglamento del TAV.



 

Tasa de registro

De acuerdo con el Reglamento del TAV, la solicitud de arbitraje deberá incorporar el justificante de pago de la tasa de registro. En caso de no presentarse, el TAV podrá fijar un plazo no superior a cinco días para proceder a subsanarla. Cuando se requiera al solicitante la subsanación de documentación que debiera incorporarse a la solicitud y éste no la subsane en plazo, el expediente se archivará sin más trámite, sin derecho de reembolso de la tasa de registro.

Se podrá ejercer el derecho de desistimiento en el plazo máximo legal de 14 días naturales, siempre que no se haya procedido a la tramitación del mismo y en los términos del Reglamento del TAV, a través del formulario de contacto o del correo tav@tav.icav.es.

Provisiones

De conformidad con el artículo 4 del Reglamento del TAV, «los intervinientes en el procedimiento deberán satisfacer por partes iguales las provisiones que procedan y, si alguno de ellos no lo hiciere puntualmente, se dará traslado a los demás para que procedan a su complemento, sin perjuicio de su integro a cargo del resto, si así se decidiere en el laudo que se dicte. En el supuesto de que no se atendiere la totalidad de la cantidad correspondiente, ello implicará la no aceptación del arbitraje o, en su caso, la no continuación del mismo, pudiendo el TAV retener las provisiones ya satisfechas para aplicarlas a los gastos devengados hasta ese momento, devolviendo el sobrante si existiere.»

Costas

De conformidad con el artículo 34 del Reglamento del TAV, «4.- En el supuesto de que el procedimiento, por cualquier motivo, finalizara de manera anticipada, las costas se entenderán devengadas en  los siguientes porcentajes: a) 30%, con anterioridad a la contestación de la demanda. b) 60% si dicha finalización anticipada se produjera antes de la proposición de prueba. c) 90%, tras la práctica de la prueba o, en su caso, tras la presentación de las conclusiones finales.»